1o. Se
declaran nulas las elecciones para Presidente y Vicepresidente de la
República, Magistrados a la Suprema Corte de la Nación y
Diputados y Senadores, celebradas en Junio y Julio del corriente
año.
2o. Se desconoce al actual Gobierno del general Díaz, así
como a todas las autoridades cuyo poder debe dimanar del voto popular,
porque además de no haber sido electas por el pueblo, han
perdido los pocos títulos que podían tener de legalidad,
cometiendo y apoyando, con los elementos que el pueblo puso a su
disposición para la defensa de sus intereses, el fraude
electoral más escandaloso que registra la historia de
México.
3o. Para evitar hasta donde sea posible los transtornos inherentes a
todo movimiento revolucionario, se declaran vigentes, a reserva de
reformar oportunamente por los medios constitucionales aquellas que
requieran reformas, todas las leyes promulgadas por actual
administración y sus reglamentos respectivos, a excepción
de aquellas que manifiestamente se hallen en pugna con los principios
proclamandos en este Plan. Igualmente se exceptúan las leyes,
fallos de tribunales y decretos que hayan sancionado las cuentas y
manejos de fondos de todos los funcionarios de la administración
porfirista en todos los ramos; pues tan pronto como la
revolución triunfe, se iniciará la formación de
comisiones de investigación para dictaminar acerca de las
responsabilidades en que hayan podido incurrir los funcionarios de la
Federación, de los Estados y de los Municipios.
En todo caso serán respetados los compromisos contraidos por la
administración porfirista con gobiernos y corporaciones
extranjeras antes del 20 del entrante.
Abusando de la ley de terrenos baldios, numerosos pequeños
propietarios, en su mayoría indígenas, han sido
despojados de sus terrenos, por acuerdo de la Secretaría de
Fomento, o por fallos de los tribunales de la República. Siendo
de toda justicia restituir a sus antiguos poseedores los terrenos de
que se les despojó de un modo tan arbitrario, se declaran
sujetas a revisión tales disposiciones y fallos y se les
exigirá a los que los adquirieron de un modo tan inmoral, o a
sus herederos, que los restituyan a sus primitivos propietarios, a
quienes pagarán también una indemnización por los
perjuicios sufridos. Solo en caso de que esos terrenos hayan pasado a
tercera persona antes de la promulgación de este Plan, los
antiguos propietarios recibirán indemnización de aquellos
en cuyo benficio se verificó el despojo.
4o. Además de la Constitución y leyes vigentes, se
declaran Ley Suprema de la Repúlica el principio de NO
REELECCIÓN de Presidente y Vicepresidente de la
República, de los Gobernadores de los Estados y de los
Presidentes Municipales, mientras se hagan las reformas
constitucionales respectivas.
5o. Asumo el caracter de Presidente Provisional de los Estados Unidos
Mexicanos con las facultades necesarias para hacer la guerra al
Gobierno usurpador del general Díaz.
Tan pronto como la capital de la República y más de la
mitad de los Estados de la Federación estén en poder de
las fuerzas del Pueblo, el Presidente Provisional convocará a
elecciones generales extraordinarias para un mes después y
entregará del poder al Presidente que resulte electo, tan luego
como sea conocido el resultado de la elección.
6o. El Presidente Provisional, antes de entregar el poder, dará
cuenta al Congreso de la Unión del uso que haya hecho de las
facultades que le confiere el presente Plan.
7o. El día 20 de noviembre, desde las seis de la tarde en
adelante, todos los ciudadanos de la República tomarán
las armas para arrojar del poder a las autoridades que actualmente
gobiernan. Los pueblos que esten retirados de las vías de
comunicación lo harán desde la víspera.
8o. Cuando las autoridades presenten resistencia armada, se les
obligará por la fuerza de las armas a respetar la voluntad
popular, pero en este caso las leyes de la guerra serán
rigurosamente observadas, llamándose especialmente la
atención sobre las prohibiciones relativas a no usar balas
explosivas ni fusilar a los prisioneros. También se llama la
atención respecto al deber de todo mexicano de respetar a los
extranjeros en sus personas e intereses.
9o. Las autoridades que opongan resistencia a la realización de
este Plan serán reducidas a prisión para que se les
juzgue por los tribunales de la República cuando la
revolución haya terminado. Tan pronto como cada ciudadano del
pueblo recobre su libertad, se reconocerá como autoridad
legítima provisional al principal jefe de las armas, con
facultad de delegar sus funciones en algún otro ciudadano
caracterizado, quien será confirmado en su cargo o removido por
el Gobierno Provisional.
Una de las principales medidas del Gobierno Provisional será
poner en libertad a todos los presos políticos.
10. El nombramiento de Gobernador Provisional de cada Estado que haya
sido ocupado por las fuerzas de la revolución será hecho
por el Presidente Provisional. Este Gobernador tendrá la
estricta obligación de convocar a elecciones para Gobernador
Constitucional del Estado, tan pronto como sea posible, a juicio del
Presidente Provisional. Se exceptúan de esta regla los Estados
que de dos años a esta parte han sostenido campañas
democráticas para cambiar de gobierno, pues en estos se
considerará como Gobernador provisional al que fue candidato del
pueblo siempre que se adhiera activamente a este Plan.
En caso de que el Presidente Provisional no haya hecho el nombramiento
de Gobernador, que este nombramiento no haya llegado a sus destino o
bien que el agraciado no aceptara por cualquiera circunstancia,
entonces el Goberanador será desigando por votacion de todos los
Jefes de las armas que operan en el territorio del Estado respectivo, a
reserva de que su nombramiento sea ratificado por el Presidente
Provisional tan pronto como sea posible.
11o. Las nuevas autoridades dispondrán de todos los fondos que
se encuentren en todas las oficinas públicas para los gastos
ordinarios de la administración; para los gastos de la guerra,
contratarán empréstitos voluntarios o forzosos. Estos
últimos solo con ciudadanos o instituciones nacionales. De estos
empréstitos se llevará una cuenta escrupulosa y se
otorgarán recibos de debida forma a los interesados a fin de que
al triunfar la revolución se les restituya lo prestado.
Transitorio. A. Los jefes de las fuerzas voluntarias tomarán el
grado que corresponda al número de fuerzas a su mando. En caso
de operar fuerzas voluntarias y militares unidas, tendrá el
mando de ellas el mayor de graduación, pero en caso de que ambos
jefes tengan el mismo grado, el mando será del jefe militar.
Los jefes civiles disfrutarán de dicho nombramiento mientras
dure la guerra, y una vez termindada, esos nombramientos, a solicitud
de los interesados, se revisarán por la Secretaría de
Guerra, que los ratificará en su grado o los rechazará,
según sus méritos.
B. Todos los jefes, tanto civiles como militares, harán guardar
a sus tropas la más estricta disciplina, pues ellos serán
responsables ante el Gobierno Provisional de los desmanes que cometan
las fuerzas a su mando, salvo que justifiquen no haberles sido posible
contenar a sus soldados y haber impuesto a los culpables el castigo
merecido.
Las penas más severas serán aplicadas a quienes saqueen
alguna población o que maten a prisioneros indefensos.
C. Si las fuerzas y autoridades que sostienen al general Díaz
fusilan a los prisioneros de guerra, no por eso y como represalia se
hará los mismo con los de éllos que caigan en poder
nuestro; pero en cambio serán fusilados, dentro de las 24 horas
y después de un juicio sumario, las autoridades civiles y
militares al servicio del general Díaz que una vez estallada la
revolución hayan ordenado, dispuesto en cualquiera forma,
trasmitido la orden o fusilado a alguno de nuestros soldados.
De esa pena no se eximirán ni los más altos funcionarios,
la única excepción será el general Díaz y
sus ministros, a quienes en caso de ordenar dichos fusilamientos o
permitirlos, se les aplicará la misma pena, pero después
de haberlos juzgado por los tribunales de la República, cuando
ya haya terminado la Revolución.
En caso de que el general Díaz disponga que sean respetadas las
leyes de guerra, y que se trate con humanidad a los prisoneros que
caigan en sus manos, tendrá la vida salva; pero de todos modos
deberá responder ante los tribunales de como ha manejado los
caudales de la Nación y de como ha cumplido con la ley.
D. Como es requisito indispendable en las leyes de la guerra que las
tropas beligerantes lleven algun uniforme o distintivo y como
será difícil uniformar a las numerosas fuerzas del pueblo
que van a tomar parte en la contienda, se adoptará como
distintivo de todas las fuerzas libertadoras, ya sean voluntarias o
militares, un listón tricolor, en el tocado o en el brazo.
CONCIUDADANOS: Si os convoco para que tomeis las armas y derroqueis al
Gobierno del general Díaz, no es solamente por el atentado que
cometió durante las ultimas elecciones, sino para salvar a la
Patria del porvenir sombrío que le espera continuando bajo su
dictadura y bajo el gobierno de la nefasta oligarquía
científica, que sin escrúpulo y a gran prisa están
absorbiendo y dilapidando los recursos nacionales, y si permitimos que
continúe en el poder, en un plazo muy breve habrán
completdo su obra: habrá llevado al pueblo a la ignominia y lo
habrá envilecido; le habrán chupado todas sus riquezas y
dejado en la más absoluta miseria; habrán acusado la
bancarrota de nuestra Patria, que débil, empobrecida y maniatada
se encontrará inerme para defender sus fronteras, su honor y sus
instituciones.
Por lo que a mi respecta, tengo la conciencia tranquilla y nadie
podrá acusarme de promever la revolución por miras
personales, pues está en la conciencia nacional que hice todo
los posible para llegar a un arreglo pacífico y estuve dispuesto
hasta a renunciar mi candidatura siempre que el general Díaz
hubiese permitido a la Nación designar aunque fuese al
Vicepresidente de la República; pero, dominado por
incomprensible orgullo y por inaudita en una revolución antes de
ceder un ápice, antes de devolver al pueblo un átomo de
sus derechos, antes de cumplir, aunque fuese en las postrimerías
de su vida, parte de las promesas que hizo en la Noria y Tuxtepec.
Él mismo justificó la presente revolución cuando
dijo: "Que ningún ciudadano se imponga y perpetúe en el
ejercicio del poder y esta será la última
revolución."
Si en el ánimo del general Díaz hubiesen pesado
más los intereses de la Patria que los sórdidos intereses
de él y de sus consejeros, hubiera evitado esta
revolución, haciendo algunas concesiones al pueblo; pero ya que
no lo hizo... !Tanto mejor!!, el cambio será más
rápido y más radical, pues el pueblo mexicano, en vez de
lamentarse como un cobarde, aceptará como un valiente el reto, y
ya que el general Díaz pretende apoyarse en la fuerza bruta para
imponerle un yugo ignominioso, el pueblo recurrirá a esa misma
fuerza para sacudirse ese yugo, para arrojar a ese hombre funesto del
poder y para reconquistar su libertad.
San Luis Potosí, octubre 5 de 1910.